La Comisión Europea ha actualizado los límites máximos de residuos (LMR) de plaguicidas de algunos productos agrícolas y ganaderos después de considerar diferentes dictámenes motivados de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) al respecto
El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) recoge el Reglamento 2019/973 que modifica dos anexos del Reglamento 396/2005 sobre los LMR de bispiribaco, benzoato de denatonio, fenoxicarb, flurocloridona, quizalofop-P-etilo, quizalofop-P-tefuril, propaquizafop y tebufenozida en determinados alimentos.
La lista de LMR que la EFSA recomendaba reducir se centran en algunas frutas y hortalizas tanto frescas como congeladas, leguminosas, oleaginosas, semillas, carne, tejidos de ganado, leche, huevos, té, café, infusiones, cortezas, raíces, estigmas de flor, plantas azucareras y miel, entre otros.
La UE restringe los contaminantes químicos más peligrosos
Por otra parte, el Consejo de la Unión Europea ha aprobado una regulación más restrictiva contra la lista de contaminantes orgánicos persistentes que la ONU considera como sustancias peligrosas.
El Consejo anunció en un comunicado que esta nueva norma hará que “las personas y el medio ambiente estarán mejor protegidos” contra estos elementos, entre los que encontramos pesticidas, insecticidas y herbicidas como DDT, clordano, endrin, aldrin o hexaclorobenceno.
Esta actualización busca adaptarse al Convenio de Estocolmo, que “fija el marco jurídico mundial para la eliminación de la producción, el uso, la importación y la exportación de los contaminantes orgánicos persistentes”
Debido a estos cambios, el Consejo considera que “habrá mayor claridad, transparencia y seguridad jurídica para todas las partes que intervienen en la aplicación del Reglamento”.
Los contaminantes orgánicos persistentes son sustancias químicas que son transportadas a través de las fronteras internacionales lejos de su lugar de origen y persisten en el medio ambiente, se bioacumulan y plantean así un riesgo para la salud humana y el medio ambiente, explica el Consejo en un comunicado.
El nuevo reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, el BOE europeo, y será aplicable en todos los Estados europeos-